Alarma entre cubanos: el Supremo español frena temporalmente el voto de beneficiarios de la Ley de Nietos
La nacionalidad española no está en riesgo, pero sí una parte de los derechos electorales de quienes la obtuvieron mediante la llamada Ley de Nietos. El Tribunal Supremo de España decidió suspender cautelarmente determinados efectos de su inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), mientras analiza un recurso presentado contra la aplicación de la normativa. 
La decisión genera especial preocupación entre los cubanos que han recurrido a la Ley de Memoria Democrática para obtener la ciudadanía española. Sin embargo, existe un punto clave: el Supremo no ordenó detener los expedientes de nacionalidad ni anuló las ciudadanías que ya fueron concedidas.
¿Qué decidió exactamente el Supremo?
La medida afecta a quienes obtuvieron la nacionalidad española por esta vía y cuya inscripción en el CERA se encuentra vinculada a la interpretación de una instrucción del Ministerio de Justicia de 2022.
Según esa interpretación, se presumía la condición de exiliados de determinados españoles que abandonaron España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Esa presunción es precisamente uno de los puntos cuestionados ante el Supremo.
A partir de ahora, quienes todavía no hayan sido incorporados al CERA podrán continuar con la tramitación, pero, una vez concluida, la inscripción quedará suspendida hasta que exista una sentencia definitiva.
Para quienes ya aparecen en el censo electoral, el tribunal también acordó suspender temporalmente los efectos electorales de esa inscripción en los próximos procesos electorales que puedan celebrarse.
La medida, no obstante, contempla excepciones. No se aplicará a quienes puedan acreditar mediante los registros consulares que son hijos o nietos de españoles de origen que sufrieron exilio por razones políticas, ideológicas, religiosas o relacionadas con su orientación o identidad sexual, entre otros supuestos contemplados por la normativa.
¿Y qué significa esto para los cubanos?
Para quienes tienen un expediente de nacionalidad pendiente, la tramitación no queda paralizada por esta decisión. Tampoco pierden la nacionalidad quienes ya la obtuvieron.
La principal consecuencia podría producirse después: una persona podría conseguir la ciudadanía española, pero encontrarse temporalmente impedida para ejercer el voto desde Cuba si su inscripción en el CERA queda afectada por la medida cautelar.
El asunto tiene especial relevancia para la comunidad cubana. En julio de 2026, alrededor de 169.000 españoles residentes en Cuba figuraban inscritos en el CERA, según los datos citados por CiberCuba.
La controversia continuará ahora en los tribunales. La decisión adoptada por el Supremo es cautelar y no constituye todavía una sentencia definitiva sobre la interpretación de la Ley de Memoria Democrática.
Por eso, aunque el fallo ha encendido las alarmas entre quienes tramitaron la nacionalidad española, hablar de una suspensión de la Ley de Nietos o de una retirada masiva de nacionalidades sería incorrecto. Por el momento, lo que está en juego es el derecho electoral de determinados beneficiarios, no su ciudadanía española.
