Nueva Ley de Vivienda en Cuba: 5 reglas que debes conocer para comprar, vender o permutar una casa
La Ley No. 187 “De la Vivienda”, aprobada por la Asamblea Nacional en julio de 2026, introduce cambios en las reglas sobre propiedad, compraventa, permuta y otras operaciones relacionadas con los inmuebles en Cuba.
Comprar, vender o permutar una casa en Cuba puede convertirse en un proceso complicado cuando no se conocen las reglas. La nueva Ley de Vivienda, aprobada por la Asamblea Nacional el 30 de julio de 2026, actualiza el marco legal que regula la propiedad y las operaciones sobre viviendas.
Aunque todavía es necesario consultar el texto íntegro publicado oficialmente para conocer todos los procedimientos y condiciones de aplicación, durante la aprobación de la norma se dieron a conocer varios cambios importantes.
Estas son cinco reglas de la nueva Ley de Vivienda en Cuba que conviene conocer.
1. Se permite tener hasta dos viviendas en propiedad
Uno de los cambios más comentados de la nueva legislación es que una persona natural podrá ser propietaria de hasta dos viviendas.
La normativa contempla además las viviendas destinadas al descanso o veraneo, siempre que tengan esa condición reconocida legalmente.
Esto supone un cambio importante frente a las restricciones que históricamente han existido sobre la propiedad de viviendas en Cuba.
2. Comprar o vender una casa seguirá requiriendo formalización legal
La compraventa de una vivienda no se reduce a un acuerdo privado entre las partes.
Las operaciones sobre inmuebles deben quedar formalizadas conforme a los procedimientos establecidos por la legislación cubana, con la documentación que acredite la propiedad y las condiciones de la operación.
Por eso, antes de comprar una casa, es fundamental comprobar que quien vende realmente tiene la titularidad legal del inmueble y que la vivienda cuenta con la documentación correspondiente.
3. La permuta de viviendas continúa siendo una opción legal
La permuta de casas en Cuba continúa contemplada dentro de las formas legales de transmisión de la propiedad.
Esto permite que dos propietarios intercambien sus viviendas, siempre que la operación cumpla los requisitos establecidos por la legislación.
La nueva normativa amplía y actualiza el marco para este tipo de operaciones, por lo que quienes estén pensando en permutar deberán revisar las nuevas condiciones una vez publicado el texto íntegro de la ley y sus disposiciones complementarias.
4. Se amplían las posibilidades para solares yermos
La nueva Ley de Vivienda también introduce cambios relacionados con los solares yermos.
Según lo anunciado durante la discusión de la norma, sus propietarios podrán realizar determinadas operaciones, entre ellas vender, donar, permutar, arrendar, dividir o unificar estos terrenos, siempre de acuerdo con las regulaciones urbanísticas correspondientes.
Este punto puede tener especial importancia para propietarios de terrenos que hasta ahora tenían limitadas las posibilidades de disponer de ellos.
5. La ley abre nuevas posibilidades para extranjeros
Otro de los cambios que más atención ha generado está relacionado con las personas extranjeras.
La nueva legislación contempla la posibilidad de que personas naturales y jurídicas extranjeras puedan realizar determinadas operaciones de compra o arrendamiento de viviendas en Cuba, dentro del nuevo marco legal.
Sin embargo, este es precisamente uno de los puntos en los que conviene esperar al texto definitivo para conocer con exactitud quiénes podrán hacerlo, bajo qué condiciones y qué requisitos deberán cumplir.
¿Qué deben hacer quienes quieran comprar, vender o permutar una casa?
La recomendación más importante es no cerrar una operación basándose únicamente en anuncios o resúmenes de la nueva ley.
Antes de entregar dinero o firmar un acuerdo, el propietario y el interesado deben comprobar la documentación del inmueble y conocer los requisitos que establezca el texto definitivo de la Ley No. 187 y sus normas complementarias.
La aprobación de la nueva legislación marca un cambio importante en las reglas de vivienda en Cuba, pero los detalles de cada operación dependerán de las disposiciones que regulen su aplicación.
Fuentes consultadas
• Gaceta Oficial de la República de Cuba, Gaceta Oficial No. 67 Ordinaria de 2026.
• Asamblea Nacional del Poder Popular, información sobre la aprobación de la Ley No. 187 “De la Vivienda”.

